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Concurso de acreedores

SALMAGO INVERSION SL

CIF B63115075Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
104/08/201104/08/2011
Procedimiento
503/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/08/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 503/2011Auto 07/07/2011

    Edicto Don/ña. José María Valls Soriano, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 503/2011 en el que se ha dictado con fecha 6-7-2011 auto declarando en estado de concurso a la entidad SALMAGO INVERSIÓN, S.L. con NIF. B-63115075 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Tipo de concurso: Voluntario. Concursada: SALMAGO INVERSIÓN, S.L. con domicilio en Av. Francesc Macia n.º 130 local 1 08800 Vilanova i la Geltrú. Administrador/es concursal/es: D. dª Mariano Hernández Montes con domicilio en C. Balmes n.º 188 4.º 1.º de Barcelona; Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal sita Gran Vía Corts Catalanes, 111 planta 13 edificio C, la existencia de sus créditos en el plazo de 15 DÍAS a contar desde la ultima de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona a, 7 de julio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial, Fdo.: José María Valls Soriano.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.