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Concurso de acreedores
SAFE ENTERPRISE LANZAROTE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B76237999Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 26/10/2020 → 29/04/2021
- Procedimiento
- 717/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria · MERCANTIL - 2
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso29/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 717/2020Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 04/02/2021
DISPONGO: La conclusión del presente concurso por fin de las operaciones de liquidación. Reconocer a Benito Fernández Martínez el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, con carácter provisional, en los términos del Artículo 497 del TRLC.
- Otro acto concursal15/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaAuto 04/02/2021
D./Dña. Román García-Varela Iglesias, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, hace saber: 1º.- Que en el procedimiento concursal número 0000717/2020, se ha dictado en fecha 4 de febrero de 2021,auto que declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor "SAFE ENTERPRISE LANZAROTE, S.L." con CIF, n.ºB-76237999, con domicilio en Teguise, Lanzarote, acordando asímismo la conclusión por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones. 2º.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es. Las Palmas de Gran Canaria, 10 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Román García-Varela Iglesias.
- Conclusión del concurso10/02/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 717/2020Juez : Guillermo Fernandez GarcíaAuto 04/02/2021
DECLARA Y FINALIZA CONCURSO
- Otro acto concursal26/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 717/2020Juez : CARMEN GONZÁEZ SUÁREZAuto 04/02/2021
acuerdo: 1- comunicar la presentación del informe y los documentos complementarios (...) 2- publicar la presentación (...) por medio de edictos (...)3- Los personados podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de 10 días
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.