Inicio›Justicia›SABER Y APRENDER SL
Concurso de acreedores
SABER Y APRENDER SL
CIF B65203200Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/06/2019 → 12/09/2022
- Procedimiento
- 368/2019-B · 368/2019
- Juzgado
- MERCANTIL - 1
- Administración concursal
- MM Abogados Partnership, S.L.P.
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso12/09/2022⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 368/2019-BJuez : YOLANDA RÍOS LÓPEZAuto 07/09/2022
Concluir el concurso de la entidad SABER Y APRENDER SL, por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha concursada, su extinción y la cancelación de su inscripción registral.
- Declaración de concurso17/06/2019⚖️ BARCELONAProc. 368/2019Auto 14/05/2019
Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona a objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 368/2019 Sección: B NIG: 0801947120198003834 Fecha del auto de declaración. 14 de mayo de 2019. Clase de concurso. Voluntario Abreviado. Entidad concursada. Saber y Aprender, S.L., con CIF B65203200. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: MM Abogados Partnership, S.L.P., quien designa a José Mariano Hernández Montes. Dirección postal: Calle Balmes 186-2-1. Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Intervención. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12-Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 28 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.