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Concurso de acreedores
RUBIKON CONSTRUCCIONES & REFORMAS SL
CIF B93373793Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 02/06/2016 → 06/04/2021
- Procedimiento
- 138/2016 · 01/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 138/2016Juez : NÉSTOR PADILLA DÍAZAuto 17/12/2020
"...DEBO APROBAR Y APRUEBO el Plan de Liquidación de D. EMILIANO CRUZ DÍAZ presentado por la Administración Concursal con las modificaciones introducidas de oficio que han quedado expuestas..."
- Conclusión del concurso06/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 138/2016Juez : ALFONSO MUÑOZ PAREDESAuto 17/12/2020
SE HA ABIERTO LA FASE LIQUIDACIÓN Y SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LA CONCURSADA. SE HA DECLARADO DISUELTA LA ENTIDAD
- Conclusión del concurso28/12/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 138/2016Auto 17/12/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal n.º 138/2016 (NIG: 2906742M20160000295) referente al deudor RUBIKON CONSTRUCCIONES Y REFORMAS, S.L., con CIF B93373793, por auto de fecha 17 de diciembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en ese momento. También se acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Málaga, 21 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración Justicia, José María Casasola Díaz.
- Apertura de liquidación02/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 01/2016Auto 04/05/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 138.01/2016, con NIG 2906742M20160000295, por auto de 4 de mayo de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor RUBIKON CONSTRUCCIONES & REFORMAS, S.L., con CIF B93373793, domicilio en en Marbella (Málaga) Avda. Playas del Duque, edificio Málaga 1 Local 1.º C cp 29660 Puerto Banús y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º-Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad RUBIKON CONSTRUCCIONES & REFORMAS, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 3.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 4.º-Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra D.ª Ana Alonso Montero, provista del DNI 25.107.293 X; española, mayor de edad, profesión abogada, con vecindad civil común, estado civil casada, vecina de Málaga, domicilio y dirección postal en Málaga C/ Compositor Lehmberg Ruiz, n.º 19, 1.ª planta (Edificio Allianz), C.P. 29007, Española, teléfono: 952060007, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 5.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 7.º-Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 24 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.