InicioJusticiaRPE RETAIL SL

Concurso de acreedores

RPE RETAIL SL

CIF B65459810Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
113/03/201413/03/2014
Procedimiento
921/2013
Administración concursal
La sociedad Bufete Rabionet & Associats, S.A.P

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso13/03/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 921/2013Auto 26/02/2014

    Don Francesc Xavier Rafi Roig, Secretario/a judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 de los de Barcelona,dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 921/2013 Sección C2. Fecha del auto de declaración: 16/1/14. Clase de concurso: Voluntario Abreviado. Entidad concursada: RPE RETAIL, S.L. con domicilio en Gava, c/Progrès, 69 Centro Comercial Barnasud, local B-023031, planta baja con CIF n.º B-65459810. Administradores concursales: La sociedad Bufete Rabionet & Associats, S.A.P. que nombra como persona física a don Joaquin Bordas Montoliu. Recepción de créditos en: -Dirección postal: Avda. Pau Casals, 16, Pral, 1.ª Barcelona. -Dirección electrónica: [email protected]. Regimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Registro público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberan poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13. 08014 Barcelona). Barcelona, 26 de febrero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.