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Concurso de acreedores
RP PROPERTIES SL
CIF B60857158Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 06/02/2009 → 15/03/2022
- Procedimiento
- 965/2008
- Juzgado
- MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona EDICTO Dña
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/03/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 965/2008Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 14/03/2022
Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil R.P. PROPERTIES S.L., con CIF B60857158 dando por concluido el concurso en todas sus secciones y cesando todos los efectos de la declaración del concurso,
- Declaración de concurso06/02/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona EDICTO DñaProc. 965/2008Auto 12/01/2009
Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona EDICTO Dña. M. ARÁNZAZU ALAMEDA LÓPEZ Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: NÚMERO DE ASUNTO.- Concurso voluntario 965/2008 Sección C1. ENTIDAD CONCURSADA.- R.P. PROPERTIES S.L. , con CIF nº B-60857158, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 28.582, folio 138, hoja n.º B-140.799. FECHA DEL AUTO DE DECLARACIÓN.- 12 de enero de 2009. ADMINISTRADORES CONCURSALES.- D. Mario Roque Rondán Braida, en su condición de abogado, D. Manuel de Patricio Sala, en su condición de economista, y la entidad mercantil Montaje y Carpintería Aluminio, como administrador acreedor. FACULTADES DEL CONCURSADO.- Por tratarse de un concurso voluntario el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercido de estas facultades a la intervención del administrador concursal mediante autorización o conformidad. No se adoptaron medidas cautelares, sin perjuicio de su posible adopción si variaran las circunstancias referidas en el auto de declaración del concurso. LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.- Disponen del plazo de UN MES desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursales la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en Ia Secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Barcelona, 20 de enero de 2009.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.