Concurso de acreedores
ROYFAJO, S.L.
CIF B38759296Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/03/2011 → 12/06/2020
- Procedimiento
- 3/2011 · 3/2009
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/06/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 3/2011Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 11/06/2020
Publicidad de la autorización de venta directa de bienes de la concursada, a efectos de presentación de mejoras de postura en el plazo de DIEZ DÍAS desde la presente publicación edictal (ver edicto adjunto)
- Declaración de concurso03/03/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 3/2009Auto 18/01/2011
Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000003/2011, seguido a instancias del Procurador don Óscar Muñoz Correa en nombre y representación de Royfajo, S.L., se ha dictado Auto el día 18 de enero de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Royfajo, S.L., con CIF B 38759296, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero de 2011. Las Palmas de Gran Canaria, 21 de febrero de 2011.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.