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Concurso de acreedores

ROST SERV SL

CIF B61258331Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 16/12/2013 → 07/02/2019
Procedimiento
818/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/02/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 818/2013Auto 23/01/2019

    Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado 818/2013 se dictó un auto por el que se ha concluido el concurso de Rost Serv, S.L., con NIF B61258331, por insuficiencia de masa activa. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de la administración concursal en el ejercicio de su cargo y la extinción de la persona jurídica mencionada. Barcelona, 23 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Francesc Xavier Rafi Roig.

  2. Declaración de concurso16/12/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 818/2013Auto 03/12/2013

    Edicto de declaración de concurso D. Francesc Xavier Rafí Roig Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 818/2013 Sección C3. Fecha del auto de declaración: 28/11/13. Clase de concurso: Voluntario, abreviado con apertura de liquidación. Entidad concursada: Rost Serv, S.L., con domicilio en Av. Marina, 54 G. 08830 Sant Boi de Llobregat (Barcelona), con CIF B-61258331. Administradores concursales: La sociedad Grupo Gispert, Abogados y Economistas, S.L., que ha designado a D. Josep García García, economista, con domicilio profesional situado en Barcelona, Av. Diagonal, 416 pral 1.ª, telf. 93 459 40 71, fax 93 459 30 47. Recepción de créditos en: - Dirección postal: la misma que la profesional. - Dirección electrónica: [email protected] Regimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Registro público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones.- Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13. 08014 Barcelona). Barcelona, 3 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.