InicioJusticiaROSCAS Y TORNILLOS SL

Concurso de acreedores

ROSCAS Y TORNILLOS SL

CIF B80786486Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
112/06/201312/06/2013
Procedimiento
324/2013

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal12/06/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 324/2013Auto 03/06/2013

    Edicto. Don Pedro Juan Enseñat García, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 324/2013, por auto de fecha 3.6.2013 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Roscas y Tornillos, S.L, con CIF B-80786486, con domicilio social en Humanes de Madrid, calle Timanfaya, número 15, Polígono Industrial La Solanilla; Madrid, inscrita en el Registro de lo Mercantil de Madrid, en el tomo 7533, hoja M-121879, folio 218. 2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Lugar para tal comunicación: 1.- por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de Roscas y Tornillos, S.L.".: Att.: Don Mariano Para Herrera, con domicilio profesional en calle Francisco Puertas, 10, 28019 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: mpconsulto [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no presentado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de junio de 2013.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.