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Concurso de acreedores
ROMAR EMPRESA CONSTRUCTORA DEL LEVANTE SL
CIF B12420964Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 16/03/2010 → 03/11/2021
- Procedimiento
- 000353/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000353/2009Juez : BEATRIZ DE LA RUBIA COMOSAuto 18/05/2021
AUTO POR EL QUE NO PROCEDE APROBAR PLAN LIQUIDACION
- Otro acto concursal15/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000353/2009Juez : ALFONSO MUÑOZ PAREDESAuto 18/05/2021
AUTO APERTURA FASE DE LIQUIDACION
- Conclusión del concurso15/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000353/2009Juez : LAJ José Victor Sanz GordónAuto 18/05/2021
Dictado auto de declaración de concurso de la sociedad, acordando al propio tiempo la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.
- Otro acto concursal16/03/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónAuto 09/12/2009
Doña Cristina Cifo Gonzalez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por auto de fecha de 7/12/09 en el procedimiento n.º 353/09, se ha declarado en concurso necesario abreviado al deudor "Romar Empresa Constructora del Levante, S.L.", con domicilio en Almazora (Castellón), poligono industrial "Via Europa", calle Benlloch, nave 3, y CIF: n.º B-12.420.964. Segundo.-Se ordena la suspensión de las facultades de administración y disposición que sobre su patrimonio tiene la deudora, siendo sustituido por el administrador concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Quince Dias a contar de la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Castellón de la Plana, 9 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.