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Concurso de acreedores

ROLAND GROUP 21 SL EN LIQUIDACION

CIF B97536650Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
316/04/201013/06/2013
Procedimiento
297/2009
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso13/06/2013
    ⚖️ VALENCIAProc. 297/2009Auto 30/05/2013

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado - 297/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Roland Group 21, S.L., con CIF número B97536650, con domicilio en la calle Avinguda Comarques del Pais Valencia, 26, Quart de Poblet, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 30 de mayo de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 30 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación02/12/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaProc. 297/2009Auto 05/11/2010

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc. Concursal Abreviado nº 297/2009 voluntario, de la deudora Concursada Roland Group 21, S.L., con CIF nº B-97536650, con domicilio en Avinguda Comarques del Pais Valencia, 26, Quart de Poblet, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 5 de noviembre de 2010, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidacion en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interes legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª, de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 5 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso16/04/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 297/2009Auto 25/03/2010

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de proc. concursal abreviado voluntario n.º 297/2009, habiéndose dictado en fecha 25 de marzo de 2010 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de "Roland Group 21, S. L." con domicilio en avinguda Comarques del Pais Valencia, 26, Quart de Poblet, y CIF B 97536650, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7.997, libro 5.291, folio 186, Sección 8, hoja V-101.115. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 25 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.