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Concurso de acreedores

ROJO 2004 SL

CIF B92522804Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
5 — 07/02/2011 → 08/05/2019
Procedimiento
1525/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/05/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1525/2010Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUIEZAuto 09/04/2019

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal08/05/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1525/2010Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUIEZAuto 09/04/2019

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso08/05/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1525/2010Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUIEZAuto 09/04/2019

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso22/04/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaAuto 09/04/2019

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento número 1525.01/10, por auto de fecha 9 de abril de 2019, se ha determinado la conclusión del concurso de ROJO 2004, S.L., con CIF B92522804, por falta de bienes conforme al art. 176.bis 3 de la LC. Málaga, 15 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

  5. Otro acto concursal07/02/2011
    ⚖️ MÁLAGAProc. 1525/2010Auto 11/01/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 1525/2010, por auto de 11 de enero de 2011, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Rojo 2004, Sociedad Limitada, con CIF B-92522804, domicilio en avenida Juan Sebastián Elcano, número 31, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Las personaciones deberán hacerse en escrito exclusivo de personación. Málaga, 20 de enero de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.