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Concurso de acreedores

RIVILMA TRADE SL

CIF B64335243Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
216/12/200904/01/2010
Procedimiento
996/2009

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/01/2010
    ⚖️ BARCELONAAuto 26/11/2009

    Edicto. Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos de concurso voluntario nº 996/09 - B seguido ante este Juzgado, se ha declarado en fecha 26 de noviembre de 2009 el concurso de la mercantil Carnus, S. L. En el Edicto dando publicidad al concurso publicado en el Boletín Oficial del Estado se hacía constar que la mercantil Carnus, S.L. tenía el NIF B-64335243, cuando el correcto es B-63446389. Se hace saber expresamente a los acreedores del concurso que el plazo de quince días que les fue concedido para comunicar sus créditos comenzará a partir de la publicidad del presente edicto. Barcelona, 18 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal16/12/2009
    ⚖️ BARCELONAProc. 996/2009Auto 26/11/2009

    Edicto. Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el número 996/2009-B se ha declarado el concurso principal de fecha 26 de noviembre de 2009 de la mercantil Carnus, Sociedad Limitada, con NIF B-64335243, y domicilio en calle Molino, 10, de Esplugues de Llobregat, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de Apoyo Concursal, Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona, con indicación expresa del Juzgado de lo Mercantil número 1 y el número de autos 996/2009B, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado; firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 27 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.