Concurso de acreedores
RIPE SA
CIF A08670614Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 10/07/2009 → 30/11/2017
- Procedimiento
- 565/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal30/11/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 565/2009Auto 17/11/2017
Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 565/2009-G se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de RIPE, S.A., con NIF A-08670614, se ha dictado auto firme de fecha 17 de noviembre de 2017, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada RIPE, S.A., así como la inscripción de conclusión de concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la firmeza del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 17 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal10/07/2009⚖️ BARCELONA.Proc. 565/2009Auto 23/06/2009
Edicto Don Joaquim Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el n.º 565/2009 G, se ha declarado el concurso voluntario principal de Ripe, S.A. con N.I.F. n.º A-08670614 y domicilio en plaza Ibiza, n.º 7, bajos de l'Hospitalet de Llobregat, en el que se ha declarado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de Apoyo Concursal, Ronda Sant Pere 41, 5.º planta, 08010 Barcelona con indicación expresa del Juzgado Mercantil 1 y el número de autos 565/2009G, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE; firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, caracterÍsticas y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del tÍtulo o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 23 de junio de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.