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Concurso de acreedores

RIO NANSA SL EN LIQUIDACION

CIF B81107088Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
321/07/201523/12/2020
Procedimiento
471/2015
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación23/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 471/2015Juez : AGUSTÍN CARRETERO SÁNCHEZAuto 14/11/2019

    Debo declarar y declaro al deudor D. PEDRO ABELLAN MARTINEZ, con domicilio en CL. CABO DE SAN VICENTE, Nº 18, 3º IZDA DE ALCORCON, en situación de concurso consecutivo y, asimismo, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso

  2. Otro acto concursal23/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 471/2015Auto 03/03/2020

    Auto de aprobación del plan de liquidación

  3. Otro acto concursal21/07/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 471/2015Auto 02/07/2015

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1.º- Que en el procedimiento n.º 471/2015, por Auto de fecha 25/06/15, se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor RÍO NANSA, S.L. con CIF n.º B-81107088 con domicilio en C/ del Carbón, 7 de Leganés- Madrid. 2.º - Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: -Por presentación o remisión a la dirección: "Administación Concursal del concurso de RÍO NANSA, S.L. ADMINISTRADOR CONCURSAL, don ALEJANDRO BENGIO BENGIO con domicilio en C/ Diego de León, 47 de Madrid, teléfono 91.838.85.93. -También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. 5.º- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Madrid, 2 de julio de 2015.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.