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Concurso de acreedores
RINCON DEL GATO SL
CIF B82614595Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 31/10/2015 → 31/10/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal31/10/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de MadridAuto 07/10/2015
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1º.- Que en el procedimiento nº 782/14 por auto de fecha 30/09/15 se ha declarado en concurso Voluntario y Abreviado al deudor Rincón del Gato, S.L., con CIF nº B-82614595 con domicilio en C/ Cava Baja, nº 37, de Madrid. 2º. - Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un Mes a contar desde la presente publicación. Lugar para tal comunicación: -Por presentación o remisión a la dirección: "Administación Concursal del concurso de Rincón del Gato, S.L., Administrador Concursal D. Tomás Bravo Pascual, con domicilio en C/ Porto Lagos, 3, 5º Dcha, 28924 Alcorcón (Madrid), tlno. y fax: 91 6112272. -También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. Dirección de correo electrónico: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( art. 184.3 LC), en escrito dirigido al Juzgado. 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Madrid, 7 de octubre de 2015.- Letrado Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.