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Concurso de acreedores

Ricardo Boces Adam, co

CIF N40558245Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
123/10/202023/10/2020
Procedimiento
305/2020
Administración concursal
ANGEL JUAN MIRO MARTI

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso23/10/2020
    ⚖️ LLEIDAProc. 305/2020Auto 08/09/2020

    Antoni Josep Casa Capdevila, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.6 de Lleida (mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 305/2020 Sección: D NIG: 2512047120208015689 Fecha del auto de declaración. 8 de septiembre de 2020. Clase de concurso: VOLUNTARIO/ ABREVIADO. Entidad concursada. Ricardo Boces Adam, con 40558245E. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: ANGEL JUAN MIRO MARTI Dirección postal: Rambla Catalunya, 57, 3ª planta-08007 Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, PLANTA 3 -Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado ( art. 512LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 15 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.