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Concurso de acreedores

RIBEN 17 SL

CIF B63194625Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
103/08/201503/08/2015
Procedimiento
259/2015
Administración concursal
Doña Alicia Herrador Muñoz

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso03/08/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 259/2015Auto 14/07/2015

    Edicto de declaración de concurso Don Francesc Xavier Rafí Roig, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad a auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 259/2015 Sección C4. Fecha del auto de declaración: 5/06/2015. Clase de concurso: Voluntario Abreviado con apertura de liquidación. Entidad concursada: RIBEN 17, S.L., con CIF B-63194625 y domicilio en Matadepera (08230) calle Sant Joan, 94, 2.º, 4.ª, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 35573, Folio 181, Hoja número B-272752. Administradores concursales: Doña Alicia Herrador Muñoz. Recepción de créditos en: - Dirección postal: Barcelona; Vía Augusta, 252, 4.º, teléfono 933621620 y fax 932009843. - Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Registro Público de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13. 08014 Barcelona). Barcelona, 14 de julio de 2015.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.