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Concurso de acreedores

RIALABRA SL EN LIQUIDACION

CIF B83394601Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
227/09/201609/07/2020
Procedimiento
472/2016

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/07/2020
    ⚖️ GUADALAJARAProc. 472/2016Auto 01/07/2020

    EDICTO D. Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 472/2016, por auto de fecha 1 de julio de 2020, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por inexistencia de bienes y derechos de la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, del concursado RIALABRA, S.L., con CIF B83394601. Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial. Se ha acordado la cancelación de los asientos referentes a la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil correspondiente. El mismo Auto aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Guadalajara, 2 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

  2. Declaración de concurso27/09/2016
    ⚖️ GUADALAJARAProc. 472/2016Auto 25/07/2016

    Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 472/2016 y NIG n.º 19130 42 1 2016 0004370, se ha dictado en fecha 25 de julio de 2016, Auto de Declaración de Concurso Abreviado Voluntario del deudor RIALABRA, S.L., con CIF n.º B83394601, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Marchamalo, calle Guardia Civil, 26. El mismo Auto también apertura la fase de liquidación del concurso. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Integra Administradores Concursales, S.L., con domicilio en la calle Velázquez, 91, de Madrid y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Guadalajara, 27 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.