InicioJusticiaREYMARC EUROPA, S.L

Concurso de acreedores

REYMARC EUROPA, S.L

CIF B01406651Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
405/02/202007/08/2020
Procedimiento
152/2009
Juzgado
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE VITORIA-GASTEIZ · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 7

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/08/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE VITORIA-GASTEIZ Proc. 152/2009Juez : MARIA DEL CARMEN RAMIS ALARIOAuto 02/03/2020

    Se adjunta archivo con parte dspositiva

  2. Otro acto concursal17/07/2020
    ⚖️ VITORIAAuto 09/07/2020

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Vitoria-Gasteiz-UPAD Mercantil, anuncia: Que en el incidente concursal número 181 328/19 que deriva del concurso 152/09, en el que figuran como concursados REYMARC EUROPA, S.L., con CIF B01406651, don Fernando Reyes Marcos, con DNI n.º 14917223K, y doña Benita Fernández Palomo, con DNI n.º 14950733C, se dictó el 2 de marzo pasado Sentencia que declaraba concluso el concurso y acordaba el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición de los deudores. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicha sentencia es firme. Vitoria-Gasteiz, 9 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Miriam Ramos Rendo.

  3. Otro acto concursal15/07/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 7Proc. 152/2009Juez : MARIA TERESA TRINIDAD SANTOSAuto 03/03/2020

    Se desestima la oposición a la rendición de cuentas. Se declara concluso el procedimiento concursal de REYMARC EUROPA S.L., FERNANDO REYES MARCOS y BENITA FERNANDEZ PALOMO.

  4. Conclusión del concurso05/02/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 7 DE VITORIA-GASTEIZ Proc. 152/2009Juez : MARTA ARAGÓN ARRIOLAAuto 02/03/2020

    DECLARACIÓN DE CONCURSO

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.