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Concurso de acreedores
REYCOM REDES Y COMUNICACIONES, S.L
CIF B80633381Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 04/04/2015 → 17/02/2020
- Procedimiento
- 39/2015 · 38/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid ANUNCIA 1º · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid ANUNCIA 1ºProc. 39/2015Auto 12/02/2020
EDICTO Dª. Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid ANUNCIA 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 39/2015 de la mercantil REYCOM REDES Y COMUNICACIONES SL con CIF B-80633381, por auto de fecha 10/02/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 12 de febrero de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
- Otro acto concursal04/04/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Auto 11/03/2015
EDICTO D.ª Francisca Santos-Olmo Martínez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 39/15, en el que recayó auto de fecha 11 de marzo de 2015, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil REYCOM REDES Y COMUNICACIONES, S.L., con C.I.F. B-80633381". "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal D.ª Belén Cañellas García, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, pudiendo hacerse: personalmente o mediante comunicación por correo postal en la Ronda de la Buganvilla del Rey n.º 111 (28023) Madrid, o en su dirección de correo electrónico [email protected]." Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 18 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.