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Concurso de acreedores
REY & CASAL SL
CIF B36503589Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 09/03/2009 → 12/07/2021
- Procedimiento
- 39/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Declaración de concurso12/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 39/2009Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 04/05/2021
Acuerdo aprobar el plan de liquidación con las reglas establecidas en la presente resolución. Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación
- Declaración de concurso07/07/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 39/2009Juez : MANUEL MARQUINA ALVAREZAuto 04/05/2021
dictado el 4 de Mayo del 2021 auto declarando cumplido el convenio aprobado 2 cualquier acreedor que estime incumplido el convenio podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento
- Otro acto concursal09/03/2009⚖️ PONTEVEDRA.Proc. 39/2009Auto 23/02/2009
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 39/2009, por auto de 23 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso ordinario al deudor Rey & Casal, Sociedad Limitada. CIF: B-36503589. domicilio social: lugar de Pantrigueira, número 32-B, Caleiro 36629, Vilanova de Arousa (Pontevedra), Registro Mercantil de Pontevedra libro 3.131, folio 50, inscripción primera de la hoja PO-38.621. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la ley concursal. Dicha comunicación se remitirá directamente, por escrito, al Juzgado de lo Mercantil, sito en calle Rosalía de Castro, 5, Pontevedra. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico La voz de Galicia. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 ley concursal) Pontevedra, 23 de febrero de 2009.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.