InicioJusticiaRESTAURATIA 100 SL

Concurso de acreedores

RESTAURATIA 100 SL

CIF B86251816Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
407/04/201825/04/2023
Procedimiento
561/2017
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID · Mercantil - 9

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/04/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 561/2017Auto 29/03/2023

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso03/04/2023
    ⚖️ Mercantil - 9Proc. 561/2017Juez : MARIA TERESA VAZQUEZ PIZARROAuto 29/03/2023

    VER EDICTO

  3. Conclusión del concurso30/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE MADRID Proc. 561/2017Juez : CARMEN CASTILLOL ALIAGAAuto 29/03/2023

    INICIACIN CONCURSO

  4. Otro acto concursal07/04/2018
    ⚖️ MADRIDProc. 561/2017Auto 05/03/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, Hace saber: 1.-Que en el concurso Abreviado 561/2017, por auto de fecha 5 de marzo de 2018 se ha declarado en concurso a RESTAURATIA 100 SL con CIF B86251816 y domicilio social en Villanueva de la Cañada (Madrid), calle Cristo, número 35. 2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursa. 4.-La identidad de la Administración concursal es JESÚS MARÍA ARANDA TERRADO, calle Velázquez, 12, número 4 correo electrónico [email protected] teléfono 915758399 fax 915352600 ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 3 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.