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Concurso de acreedores
RESTAURANTE EL FORCAT SL
CIF B97521777Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/06/2011 → 16/10/2018
- Procedimiento
- 159/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/10/2018⚖️ VALENCIAProc. 159/2011Auto 10/08/2018
Doña Cristina M.ª Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 159/2011 habiéndose dictado en fecha 10 de agosto de 2018 por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil Restaurante El Forcat, Sociedad Limitada, con CIF B-97521777 y domicilio en Valencia, calle Roteros, número 12; y de Doña Patricia Tomás Ballesteros, con DNI 22.553.667-M, con domicilio en Valencia, calle Beniferri, n.º 49-H. 2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición de los deudores que vinieron en su día acordadas, a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, en su caso. 3.- Se aprueban las cuentas rendidas por la administración concursal en sus informes presentados en fecha 13 de marzo de 2018, para cada uno de los concursados. 4.- Concluido el concurso de doña Patricia Tomás Ballesteros, con DNI 22.553.667-M, con domicilio en Valencia, calle Beniferri, n.º 49-H, se acuerda la exoneración del pasivo concursal no satisfecho con la masa activa de los créditos clasificados como de los créditos ordinarios y subordinados, aunque no hubieran sido comunicados, y de los créditos privilegiados del artículo 90.1 LC, en la parte no satisfecha con la ejecución de la garantía real. En concreto se acuerda la exoneración provisional de los siguientes pasivos: - 782.275 euros de créditos ordinarios, y - 165.816,74 euros de créditos subordinados Quedan como deudas no exonerables los créditos de derecho público, no incluidos en los créditos exonerables, por la suma de 2.611,99 euros, y créditos contra la masa, por importe de 30.823,71 euros, que se pagarán conforme al plan de pagos presentado por la deudora. 5.- Los acreedores no podrán iniciar ningún tipo de acción dirigida frente a los deudores para el cobro de los mismos, sin perjuicio de la posible revocación del beneficio de exoneración si en los cinco años siguientes a la firmeza de esta resolución se constatase la existencia de ingresos, bienes o derechos del deudor ocultados, que no sean bienes inembargables. 6.- Hágase constar la obtención de este beneficio en la sección especial del Registro Público Concursal por un plazo de 5 años, remitiéndose los oficios correspondientes. Notifíquese la presente resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso alguno, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC. Así lo acuerda, manda y firma, Su Señoría. Doy fe. Valencia, 11 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Doménech.
- Declaración de concurso13/06/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 09/05/2011
Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de-Acreedores num. 000159/2011 habiéndose dictado en fecha 9 de mayo de 2011 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Restaurant El Forcat, S.L.U. y de la persona natural Da Patricia Tomas Ballestero, con domicilio en Valencia, calle Roteros, n.° 12; y con domicilio en Valencia, calle Beniferri, n.º 49-H respectivamente; con cif número B-97521777 y nif números 22.553.667-M, cada una de ellas. Inscrita aquella compañía, en él Régjstro Mercantil de Valencia, al tomo 7965, Folio 151, libro 5269, Hoja V-100421; decretándose la intervención de las facultades de la mercantil habiendose designado administrador concursal Da Adela Perello Ros, abogado, con D.N.I. número 20.762.509-H, y despacho en Valencia, calle Cirilo Amorós, n.° 36-2°-3a, teléfono 963526211 y 655851334 expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 Valencia, 9 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.