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Concurso de acreedores

RESTAURANTE BRUSELAS SL

CIF B97319446Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
410/08/201828/10/2020
Procedimiento
694/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal28/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 694/2018Juez : ISABEL BOGUÑA PACHECOAuto 23/07/2020

    Que en este Juzgado se tramitan autos de Comcunicación del art, 5 biis de la Ley concursal con numero de registro 1033/2019 habiéndose dictado en fecha doce de Noviembre Decreto dejando constancia de la comunicación prevista en el art, 5 bis LC

  2. Conclusión del concurso28/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 694/2018Juez : TEODORO LADRON RODAAuto 23/07/2020

    PARALIZACIÓN DE LAS EJECUCIONES JUDICIALES SINGULARES PROMOVIDAS O QUE PUEDAN PROMOVERSE HASTA LA HOMOLOGACION DEL ACUERDO DE REFINANCIACION.

  3. Conclusión del concurso03/09/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 694/2018Auto 23/07/2020

    Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado [CNA] - 694/2018 Voluntario, de la deudora Concursada Restaurante Bruselas, S.L., con CIF n.° B97319446, con domicilio en la Calle San Vicente, n.º 35, bajo, Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 23 de julio de 2020 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. Jacinto Talens Seguí, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que Corresponda. El deudor caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 23 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

  4. Declaración de concurso10/08/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 694/2018Auto 20/07/2018

    D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n° 694/2018, habiéndose dictado en fecha 20 de julio de 2018 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de Restaurante Bruselas, S.L., con domicilio en Calle San Vicente, nº 35, bajo Valencia, y CIF nº B97319446, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 4799, Libro 4800, folio 112, Hoja V-90262. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D. Rafael González García con domicilio en la Calle Embajador Vich, nº 3-4º D, Valencia y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 20 de julio de 2018.- Letrado de la Admón. de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.