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Concurso de acreedores

RESTAURACION TEMATICA IRIS 2 SL

CIF B84577113Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
324/11/201204/03/2020
Procedimiento
569/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/03/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 569/2012Auto 27/02/2020

    EDICTO Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 569/2012, por auto de fecha 27/02/2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la mercantil RESTAURACIÓN TEMÁTICA IRIS 2, S.L., con CIF.- B-84577113, por finalización de las operaciones de liquidación. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 27 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

  2. Declaración de concurso28/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 569/2012Auto 17/02/2015

    Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 569/2012, por auto de 17.02.2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor RESTAURACIÓN TEMÁTICA IRIS 2, S.L., con domicilio social en avenida de Menénedz Pelayo, 75, bajo, oficina 2, Madrid, con CIF B-84577113, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 22.235, Hoja Número M-396875. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. Lugar para tal comunicación: 1. Por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de RESTAURACIÓN TEMÁTICA IRIS 2, S.L.; att. de D. Pedro Juez Martel, calle Cid, 3, 2.ª planta, 28001 Madrid. 2. Dirección de correo electrónico para tal comunicación:restauració[email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Se abre la fase de Liquidación que se encabezará con el testimonio del auto de declaración, quedando en suspenso las facultades del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Madrid, 17 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.

  3. Conclusión del concurso24/11/2012
    ⚖️ MADRIDProc. 569/2012Auto 12/11/2012

    Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la LC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento concursal número 569/2012, por auto de 12/11/12, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Restauración Temática Iris 2, S.L., CIF B-84577113, con domicilio en Madrid, Avd. de Menéndez Pelayo, 75, bajo, oficina 2, 28007. 2º.- Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. Madrid, 12 de noviembre de 2012.- Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.