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Concurso de acreedores
RESTARUCAS, S.L.N.E.
CIF B35893189Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 11/02/2010 → 04/03/2021
- Procedimiento
- 80/2008
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal04/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 80/2008Juez : ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIAAuto 05/02/2021
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal04/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 80/2008Juez : ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIAAuto 05/02/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso04/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 80/2008Juez : ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIAAuto 05/02/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso13/02/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAAuto 09/02/2021
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil N.º 1 de Las Palmas, Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 80/08, se ha dictado en fecha auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil RESTARUCAS, S.L.N.E., con CIF B35893189, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de RESTARUCAS, S.L.N.E., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos: 1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la Administración Concursal. 2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Las Palmas de Gran Canaria, 9 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
- Conclusión del concurso09/02/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 80/2008Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 05/02/2021
CONCLUSIÓN DEL CONCURSO (VER EDICTO ADJUNTO)
- Otro acto concursal11/02/2010⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAAuto 29/01/2009
Edicto D./Dª María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Las Palmas. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000080/2008 referente a Restarucas S.L.N.E.., con C.I.F. n.º B-35893189, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones del presente edicto que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el Boletín Oficial del Estado. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de G. C., 29 de enero de 2009.- La Secretaria Judicial, M.ª Victoria Basanta Eiras.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.