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Concurso de acreedores
RESER ECOLOGICO SL
CIF B62876503Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/08/2017 → 12/07/2018
- Procedimiento
- 458/2017 · 480/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona Hago saber:
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/07/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona Hago saber:Proc. 458/2017Auto 29/06/2018
Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona Hago saber: Que en el concurso abreviado 458/2017A, se ha dictado auto firme de fecha 29 de junio de 2018, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso de RESER ECOLÓGICO, S.L., con CIF B62876503, por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente, su extinción y la cancelación de su inscripción registral y publicitando la presente resolución en el BOE de forma gratuita en atención a la insuficiencia de bienes de la concursada (disposición transitoria 2.ª del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo). Acordándose asimismo la aprobación de la rendición de cuentas formulada por la administración concursal, y el cese de la misma en el ejercicio del cargo desde la firmeza de la presente resolución. Barcelona, 29 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal03/08/2017⚖️ BARCELONAProc. 480/2017Auto 10/07/2017
Edicto Don Luis Miguel Gonzalez Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hago saber: Que en los autos n.º 480/2017A se ha declarado el concurso voluntario principal por auto de fecha 10 de julio de 2017 de Reser Ecológico, S.L. con CIF B62876503 en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D. Fernando Redondo García con domicilio en C.Tusset, 19, 1.º 5.ª, 08006 Barcelona y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c. Tusset, 19, 1.5. 08006 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 13 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.