InicioJusticiaREPROMATIC TRADE SL

Concurso de acreedores

REPROMATIC TRADE SL

CIF B62305859Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
214/04/201424/11/2015
Procedimiento
217/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Administración concursal
D

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso24/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 217/2014Auto 30/10/2015

    Edicto dando publicidad al archivo del concurso Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 217/2014, en el que se ha dictado Auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Repromatic Trade, S.L.U., con CIF núm. B62305859, y ordenado darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso Voluntario 217/2014 sección C5. NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8001624. Entidad concursada: Repromatic Trade, S.L.U., con CIF n.º B62305859. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del Auto de Conclusión: 30 de octubre de 2015. Barcelona, 2 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Adm. de Justicia sust.

  2. Declaración de concurso14/04/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 217/2014Auto 26/03/2014

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 217/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Repromatic Trade, S.L.U. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 217/2014, Sección C5. N.I.G. del procedimiento: 08019 47 1 2014 8001624. Entidad concursada: Repromatic Trade, S.L.U. con C.I.F. n.º B62305859. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 18/03/2014. Administradores concursales: D. Mauricio Canals Ramoneda, con domicilio en Rbla. Catalunya, 49/51, 3.ª 2.ª Barcelona (Barcelona), teléfono 934881690 y con correo electrónico [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de la publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 26 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.