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Concurso de acreedores
RENOVACION CONTINUA SL
CIF B98344047Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 01/07/2016 → 01/07/2016
- Procedimiento
- 05/2016
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/07/2016⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 05/2016Auto 14/06/2016
Edicto D.ª Nieves Pérez Ibáñez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 30/05/2016, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, n.º 000022/2016, N.I.G. n.º 12040-66-2-2016-0000027, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "RENOVACIÓN CONTINUA, S.L.", domiciliado en Carretera de Benicarló-Cálig, km 15 Cálig (Castellón) y C.I.F./D.N.I. número B-98344047. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. MAURICIO REQUENA FRANCÉS, con domicilio en calle San Francesc 63 03801 Alcoy (Alicante) y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón de la Plana, 14 de junio de 2016.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.