Concurso de acreedores
RELONCAVI SL
CIF B81050411Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 27/04/2013 → 26/11/2018
- Procedimiento
- 204/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal26/11/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 204/2013Auto 14/11/2018
EDICTO D. LUIS ESPINOSA NAVARRO, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid. Que en el procedimiento concursal n.º 204/2013 de la concursada RELONCAVI, S.L., se ha dictado auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de RELONCAVI, S.L. con CIF B81050411 y con domicilio en calle General Moscardó n.º 32 Bajo A, 28020 Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 14 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.
- Otro acto concursal27/04/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 204/2013Auto 15/04/2013
Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1.º- Que en el procedimiento número 204/2013, por auto de fecha 15/04/2013 se ha declarado en concurso al deudor RELONCAVI, S.L, con domicilio social en calle General Moscardó, n.º 32, Bajo A, Madrid 28020, con CIF B-81050411, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 9398, folio 27, sección 8.ª, Hoja número M-151038. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. - Lugar para tal comunicación: 1.- por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de RELONCAVI, S.L.": Doña María Teresa Molina Díaz, Calle Alfonso X, n.º 3-1.º A,28010 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 15 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.