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Concurso de acreedores

RELEVO PUBLICIDAD SL

CIF B82060740Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
516/10/201522/11/2021
Procedimiento
552/2015
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso22/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 552/2015Juez : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOAuto 03/11/2021

    DECRETO Nº 341/2020 ART. 5 BIS LC

  2. Conclusión del concurso17/11/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 552/2015Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 03/11/2021

    Se declara concluso este procedimiento concursal por finalización de la fase de liquidación de la concursada y se acuerda el archivo de las actuaciones. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal-

  3. Otro acto concursal24/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 552/2015Juez : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOAuto 03/11/2021

    DECRETO QUE DECLARA FINALIZADA LA FASE COMÚN, LA FORMACIÓN DE LA SECCIÓN QUINTA Y LA APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACIÓN CONFORME A LOS ARTS. 143 Y SS LC.

  4. Otro acto concursal24/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 552/2015Juez : Yolanda Ríos LópezAuto 03/11/2021

    El anterior escrito presentado por la administración concursal en el que solicita laconclusión de concurso y aporta la rendición de cuentas,

  5. Otro acto concursal16/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridAuto 21/09/2015

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario número 552/15, por auto de 21 de septiembre de 2015 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil RELEVO PUBLICIDAD, S.L., con CIF B-82060740, cuyo centro principales de intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal D. Juan Moreno Troyano, con domicilio en la calle Castello, n.º 66, 5.º dcha., de Madrid CP 28001 de Madrid o comuníquese por correo electrónico: [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 1 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.