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Concurso de acreedores

RELATIOSOLAR SL

CIF B64862675Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
113/10/201513/10/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal13/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaAuto 15/07/2015

    Edicto Don Luis Gonzalo Capellin, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y Provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 557/15 en el que se ha dictado con fecha 15 de julio de 2015, auto declarando en estado de concurso a la entidad Relatio Solar, S.L., con CIF B64862675, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del Procedimiento: 08019-47-1-2015-8005236 Tipo de Concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Relatio Solar, S.L., con domilio en calle Bobinadora, n.º 1-5, de Mataró. Administrador Concursal: Don Octavio Gracia Chamorro en representación de Think It Legal, S..LP., con domicilio en Av. Via Augusta n.º48-54,5º 3ª de Barcelona, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domiclio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo sera de un mes a constar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 20 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.