Inicio›Justicia›REIVIC 32, SOCIEDAD LIMITADA
Concurso de acreedores
REIVIC 32, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B39669403Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 20/07/2017 → 15/12/2017
- Procedimiento
- 270/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/12/2017⚖️ SANTANDERProc. 270/2017Auto 12/12/2017
Edicto. D.ª María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 270/2017 se ha acordado por Auto de fecha 12 de diciembre de 2017, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado REIVIC 32, S.L.U., CIF B39669403, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la Administración concursal.. 5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de REIVIC 32, S.L.U., CIF B39669403, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 12 de diciembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación20/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SantanderAuto 29/06/2017
EDICTO María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander, Hago saber: 1.º-Que en el procedimiento concursal 0000270/2017, por auto de fecha 29 de junio de 2017 se ha declarado en concurso) con simultánea apertura de fase de liquidación, al deudor REIVIC 32 SLU con CIF B39669403, y con domicilio en calle Calvo Sotelo, nº 6, bajo, Santander 2.º-Que se suspende al deudor en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal. 3º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado Registro Público Concursal y tablón de anuncios del Juzgado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º-Que ha sido designado administrador concursal D.ª NURIA PÉREZ BENITO, con DNII número 20202758H, mayor de edad, con domicilio profesional en calle Jesús de Monasterio, nº 8, 3,º izda, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 942360552, número de fax 942360552 y correo electrónico [email protected]. 6.º-Se informa que en el Registro Público Concursal se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso y deban ser publicadas por medio de edictos, de conformidad con la Ley Concursal, dirección electrónica https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Santander, 12 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.