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Concurso de acreedores

REHTSE SL

CIF B58599366Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
5 — 20/03/2015 → 28/07/2021
Procedimiento
133/2015
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal28/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 133/2015Juez : MERCEDES CHECA MOYAAuto 19/02/2021

    Y para que surta los efectos oportunos y para su inserción en el Registro Público Concursal, expido la presente en Castellón, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinte

  2. Otro acto concursal28/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 133/2015Juez : ANA MARIN HERREROAuto 19/02/2021

    INFORME PROVISIONAL

  3. Conclusión del concurso28/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 133/2015Auto 19/02/2021

    Auto de conclusión de concurso

  4. Otro acto concursal04/03/2021
    ⚖️ BARCELONAProc. 133/2015Auto 22/02/2021

    Doña Rosalía Osorio Tenorio, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.° 03 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 133/2015 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Rehtse, S.L., con NIF B58599366, con domicilio en Calle de la Química, 22, 08740 - Sant Andreu de la Barca. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LO), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 22 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Rosalía Osorio Tenorio.

  5. Declaración de concurso20/03/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de BarcelonaProc. 133/2015Auto 23/02/2015

    Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso Doña Maria Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 133/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad REHTSE, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 133/2015 Sección Cl. Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8000868. Entidad Concursada.- REHTSE, SL, con CIF n° B58599366. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de declaración. - 23 de febrero de 2015. Administrador/es Concursal/es.- Miguel Ángel Albertc Piazuelo, con domicilio profesional en C. Castillejos, 329-331, 1º 1ª, 08025 Barcelona, n° de teléfono 93 4364573, n° de fax 934334624, con dirección electrónica [email protected], Facultades del Concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitidos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 2 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.