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Concurso de acreedores
REHABILIMAN SL
CIF B62071535Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 01/12/2015 → 18/04/2023
- Procedimiento
- 825/2015
- Juzgado
- MERCANTIL - 3
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso18/04/2023⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 825/2015Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 17/04/2023
Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil REHABILIMAN, S.L con CIF B62071535 por cumplimiento del convenio
- Declaración de concurso20/01/2023⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 825/2015Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 18/01/2023
DECLARAR el CUMPLIMIENTO del CONVENIO de la mercantil REHABILIMAN, S.L aprobado por sentencia de 11 de noviembre de 2016 dictada por este Juzgado
- Convenio de acreedores12/01/2017⚖️ BARCELONAAuto 11/11/2016
Edicto dando publicidad a la Sentencia de aprobación del convenio Margarita Marquina Castells Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad a la sentencia de aprobación de convenio del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso voluntario 825/15 C1. Entidad concursada.- Rehabiliman Sociedad Limitada, con CIF B62071535. Fecha de la Sentencia.- 11 de noviembre de 2016. Fallo.- Acuerdo aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada, cuyo contenido se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el art. 42 Ley Concursal, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento. Cese en su cargo la administración concursal, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título VI; requiérasele para que rinda cuentas de su actuación dentro del plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación de esta resolución. Barcelona, 11 de noviembre de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal01/12/2015⚖️ BARCELONAProc. 825/2015Auto 05/11/2015
Edicto dando publicidad a la transformación del concurso abreviado en ordinario Don Francisco Velasco García-Plata, letrado de la Administración de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 825/2015, en el que se ha dictado auto transformando el concurso de la entidad REHABILIMAN, S.L. de abreviado en ordinario y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 825/2015, Sección C1. NIG del procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8002910. Entidad concursada.- Rehabiliman, Sociedad Limitada, con CIF número B62071535. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de transformación de Abreviado a Ordinario.- 5 de noviembre de 2015. Barcelona, 5 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia sust.
- Declaración de concurso01/12/2015⚖️ BARCELONAProc. 825/2015Auto 07/10/2015
Edicto dando publicidad a la declaración de concuso Don. Francisco Velasco García-Plata, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 825/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Rehabiliman, Sociedad Limitada y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 825/2015 Sección C1. NIG del procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8002910. Entidad concursada.- Rehabiliman, Sociedad Limitada, con CIF n.º B62071535. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 7 de octubre de 2015. Administrador Concursal.- Laura Pedreño Vargas, con domicilio profesional en calle Provenza, 238, 2.º 1.ª Barcelona, número de teléfono 933621595, número de fax 934517683, con dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 13 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia sustituto.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.