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Concurso de acreedores

REFORMAS Y DECORACION SL

CIF B78769353Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
418/02/201606/10/2020
Procedimiento
26/2016
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal06/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 26/2016Auto 29/09/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso06/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 26/2016Auto 20/09/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal05/10/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 29/09/2020

    EDICTO Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 482 en su relación con el art. 35 del Texto refundido de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 26/16 por auto de 29 de septiembre de 2020 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso del concursado REFORMAS Y DECORACIÓN, S.L., con CIF B-78769353. 2º.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 30 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.

  4. Otro acto concursal18/02/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 09/02/2016

    Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 26/16, por auto de 09/02/16 se ha declarado en concurso voluntario abreviado y acordada la liquidación del deudor REFORMAS Y DECORACIÓN, S.L., con domicilio en calle José Abascal, n.º 44, 1.ª planta dcha., de Madrid 28003, con CIF B-78769353. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, María Díaz Echegaray López, Abogado con domicilio profesional en la calle Duque de Sesto, n.º 11-13, 1.º, de Madrid 28009, teléfono 915757310, fax 915774028 y como correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 9 de febrero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.