Inicio›Justicia›REFAMUR SL

Concurso de acreedores

REFAMUR SL

CIF B73268880Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 09/06/2017 → 05/05/2018
Procedimiento
173/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/05/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MurciaProc. 173/2017Auto 30/04/2018

    Dña. Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia. Anuncia 1. Que en este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 173/2017 de REFAMUR, S.L. con CIF B-73268880 en el que se ha dictado el día 23/04/18 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2. El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 30 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso09/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 173/2017Auto 02/06/2017

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 173/2017 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0000363 se ha dictado en fecha 31-05-2.017 auto de declaración de concurso voluntario por el procedimiento Abreviado del deudor Refamur, S.L., con CIF B-73268880, cuyo domicilio social lo tiene en Camino de Carcanox-Los Marines 38, C.P. 30580 de Alquerías (Murcia). 2º.- Se ha acordado respecto de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado administrador concursal ABACO ABOGADOS Y ECONOMISTAS, S.L.P., con CIF B-73906398 con domicilio profesional en C/ Junterones, 8, 1.ª esc. entlo. CP 30.008 de Murcia, Teléfono 645269976 y Fax 868042059 y con dirección electrónica [email protected] 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 2 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.