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Concurso de acreedores

RECUBRIMIENTOS BINEFAR SA

CIF A22051262Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
101/03/201701/03/2017
Procedimiento
52/2017

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso01/03/2017
    ⚖️ HUESCAProc. 52/2017Auto 13/02/2017

    Edicto Dña. Paula Jarne Corral, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 52/2017 y NIG n.º 22125 41 1 2017 0000265, se ha dictado en fecha 13 de febrero de 2017, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Recubrimientos Binéfar, S.A. con CIF n.º A22051262, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Barrio Estación s/n de Binéfar (Huesca). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como Administración concursal a la abogada Dña. Patricia Rojo López, con dirección postal en Paseo Pamplona, n.º 9, 1.º B de Zaragoza, teléfonos 976.218.143 y 976.229.474, fax 976212801 y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Huesca, 17 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.