Concurso de acreedores
RECOMAR SA
CIF A28584852Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 23/04/2010 → 12/10/2021
- Procedimiento
- 61/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID · MERCANTIL - 12 · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 61/2010Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 15/09/2021
Acuerdo el archivo de esta sección sexta del procedimiento concursal Sección sexta: calificación del concurso
- Conclusión del concurso12/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 61/2010Juez : Rosa María Salvador CanoAuto 15/09/2021
PUBLICACION DEL INFORME CONFORME AL ART. 294 TRLC
- Conclusión del concurso17/09/2021⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 61/2010Juez : ANA MARIA GALLEGO SANCHEZAuto 15/09/2021
SE DECLARA CONCLUSO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO CONCURSAL REFERENCIA AL DEUDOR RECOMAR S.A. SE ACUERDA EL CESE DE LAS LIMITACIONES A LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DEL DEUDOR QUE ESTUVIEREN SUBSISTENTES
- Convenio de acreedores19/01/2021⚖️ MADRIDProc. 61/2010Auto 21/09/2020
Don Luis Espinosa Navarro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) -actual artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 61/2010 por auto de fecha 21/09/2020 se ha declarado cumplido íntegramente el convenio suscrito por la concursada RECOMAR, S.A., con CIF A28584852 y domicilio en calle Antonio Pérez, número 19, 2º 28002 Madrid, con sus acreedores y que fue aprobado por sentencia de este Juzgado de fecha 26/09/2014, dictada en este procedimiento concursal. Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar el juez la declaración de incumplimiento. La acción podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde esta publicación, según establece el artículo 140 de la Ley Concursal - actual artículo 403 del Texto refundido de Ley Concursal (TRLC). Y como consecuencia se extiende la presente para que sirva de notificación. Madrid, 21 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Admnistración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.
- Declaración de concurso19/12/2020⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 61/2010Juez : ANA MARIA GALLEGO SANCHEZAuto 21/09/2020
SE DECLARA CUMPLIDO INTEGRAMENTE EL CONVENIO SUSCRITO POR EL DEUDOR RECOMAR S.A. CON SUS ACREEDORES Y QUE FUE APROBADO POR SENTENCIA DE ESTE JUZGADO DE FECHA 26/09/2014 DICTADA EN ESTE PROCEDIMIENTO CONCURSAL
- Convenio de acreedores03/04/2014⚖️ MADRIDProc. 61/2010Auto 09/07/2014
Edicto Doña Esther Sáez Benito Jiménez, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal n.º 61/2010, referente al deudor RECOMAR S.A. con fecha 21/03/2014 se ha dictado Auto acordando cerrar fase común y abrir fase de convenio, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del concursado RECOMAR, S.A., con CIF-A28584852. 2.- Se abre la fase de convenio que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la Sección quinta. 3.- Se convoca Junta de acreedores que se celebrará el día 9 de julio de 2014, a las 11:00 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio. 4.- Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la/s propuesta/s de convenio que se presenten en los términos previstos en el artículo 115.3 de la LC. 5.- Notifíquese este auto al concursado, a la Administración concursal y a las partes perdonadas. 6. Anúnciese la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Modo de impugnación: Cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo y con los efectos previsto en el artículo 98 de la LC en el sentido de que tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde la última publicación del anuncio del auto de apertura de la fase de convenio y limitado a citar la resolución recurrida. Madrid, 21 de marzo de 2014.- Secretaria judicial.
- Otro acto concursal27/07/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 61/2010Auto 14/07/2010
Edicto. Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 61/2010 referente al deudor Recomar, S.A., con C.I.F. A-28.584.852 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de cinco días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 14 de julio de 2010.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal23/04/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 61/2010Auto 16/04/2010
Edicto. Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 61/2010, por auto de fecha dieciséis de abril de dos mil diez se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Recomar, S.A. con N.I.F. A-28.584.852 con domicilio social en calle Antonio Pérez, número 19 - 2.º de Madrid y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 16 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.