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Concurso de acreedores
RECICLADOS SANRI SL
CIF B72331051Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 21/11/2019 → 11/02/2020
- Procedimiento
- 910/2019
- Juzgado
- MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal11/02/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 910/2019Juez : ANA MARIN HERREROAuto 26/12/2019
EDICTO PUBLICACION INFORME PROVISIONAL
- Otro acto concursal21/11/2019⚖️ CÁDIZProc. 910/2019Auto 31/10/2019
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1º.- Que en el procedimiento número 910/2019, con NIG 1101242120190009361 por auto de 31 de octubre de 2019 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor RECICLADOS SANRI, S.L.U., con CIF nº B72331051 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en carretera Nacional 640, kilómetro 116. Estación de Servicio Bernardo, CP 11360 de San Roque (Cádiz). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido la entidad M&M Asociados Partnership, S.L.P., y en su representación a don José Mariano Hernández Montes con domicilio postal en calle Balmes nº 186, 2º 1ª, CP 08006 de Barcelona y dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público concursal. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 18 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Beatriz Rosa Lería.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.