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Concurso de acreedores
RAYL RIBALTA SA
CIF A12605416Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 06/08/2013 → 30/03/2022
- Procedimiento
- 000395/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal30/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000395/2013Juez : CARLOS VICTORIANO CARRAMOLINO GOMEZAuto 21/01/2022
SE TIENE POR REALIZADA COMUNICACION DE INICIO DE NEGOCIACIONES CON LOS ACREEDORES PARA ALCANZAR UN ACUERDO DE REFINANCIACION PARA UNA EVENTUAL PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO.
- Otro acto concursal30/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000395/2013Juez : MARIA JOSE CALVO CALVOAuto 21/01/2022
Declaro a los deudores SALVADOR HERRERO PABLOS y MARIA YOLANDA VALERO MEDIANO, en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración
- Conclusión del concurso30/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000395/2013Auto 21/01/2022
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal06/08/2013⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 23/07/2013
Don Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 23 de julio de 2013, dictado en el procedimiento de Concurso Ordinario número 000395/2013, N.I.G. número 12040-66-2-2013-0000452, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y ordinario al deudor "Rayl Ribalta Sociedad Anónima", domiciliado en calle Lucena, 2.ª, 1.º D, CS, y C.I.F. A12605416. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es concursal/es a Don Lexaudit Concursal, Sociedad Limitada Profesional, con domicilio en Camino Donación, 91, Código Postal 12003, Castellón y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 Ley Concursal. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 30 de junio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.