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Concurso de acreedores

Raul Carrión Calvo, co

CIF N47151763Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
113/07/201813/07/2018
Procedimiento
607/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso13/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 607/2018Auto 22/06/2018

    Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso consecutivo dictado por este Órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 607/2018 Sección: C5 NIG: 0801947120188006804 Fecha del Auto de declaración. 22 de junio de 2018 Clase de concurso. voluntario consecutivo Entidad concursada. Raul Carrión Calvo, con 47151763S, con domicilio en calle Isaac Albeniz, 17,08192-Sant Quirze del Vallès. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Cristian Valcárcel Bernal, de profesión Abogado. Dirección Postal: calle Escotes Pies, 102, 8017-Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concurso. Suspendidas Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art.85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, Planta 12 -Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la oficina de tramitación concursal a los órganos mercantiles. Barcelona, 29 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.