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Concurso de acreedores

RAMON GALARZA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48827133Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
202/07/201114/05/2013
Procedimiento
1321/2010

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación14/05/2013
    ⚖️ LOGROÑOAuto 19/04/2013

    Edicto Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1321/10-B, referente a la entidad Ramón Galarza, SL, con domicilio social en Polígono Industrial Fuente Ciega, calle Las Encinas, n.º 40, Haro, con CIF B-48827133, por auto de fecha diecinueve de abril de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor,la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art.142.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso. 2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio. 3.-La disolución de la entidad concursa,cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. 4.-El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Este edicto se publicará en el B.O.E y en el tablón de anuncios de ese Juzgado. Logroño, 19 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso02/07/2011
    ⚖️ LOGROÑOProc. 1321/2010Auto 14/06/2011

    Edicto. D.ª María Asunción González Elías, Secretario del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia: Que se ha dictado sentencia de aprobación de convenio con esta fecha en el concurso abreviado y voluntario 1321/2010, referido a la empresa Ramón Galarza, S.L., con domicilio en polígono Industrial Fuente Ciega, calle Las Encinas, n.º 40, Haro-La Rioja, y con C.I.F. B-48827133. Que dicha sentencia contiene el siguiente fallo, que se inserta en este edicto: Fallo: 1. Aprobar el Convenio presentado por la Procuradora Sra. Valdemoros en nombre y representación de Ramón Galarza, S.L., al que quedarán vinculados sus acreedores. 2. Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por la concursada. 3. Declarar que cesan todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, sin perjuicio de los deberes de los deudores de comparecer ante este Juzgado tantas veces sean requeridos, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio. 4. Formar la Sección 6.ª con testimonio de esta resolución, que se tramitará conforme a lo previsto en el capítulo II del título VI de la Ley Concursal. 5. Declarar cesada a la administración concursal salvo su intervención en la Sección 6.ª, debiendo proceder a rendir cuentas en el término de tres meses, desde la notificación de esta sentencia, y en lo relativo al abono de los créditos contra la masa. 6. Ordenar a Ramón Galarza, S.L., que informe semestralmente a este Juzgado acerca del cumplimiento del Convenio. 7. Publicar esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en la forma que dispone el art. 23 de la Ley Concursal. 8. Inscribir en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad de Haro la aprobación del convenio y el cese de la intervención de las facultades de disposición de la sociedad. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de La Rioja (artículos 197.4 LC y 455 LEC) que se tramitarán con carácter preferente. Logroño, 14 de junio de 2011.- El/la Secretario.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.