Concurso de acreedores
RAMARGO SL
CIF B78512084Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 06/08/2012 → 29/06/2020
- Procedimiento
- 271/2012 · 38/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/06/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 271/2012Auto 27/05/2020
Edicto. Doña Irene Ortiz Plaza Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, anuncia: 1.- En el procedimiento 271/2012 se dictó auto de fecha 27 de mayo de 2020 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de RAMARGO, S.L., con CIF B78512084 y con domicilio c/ Saturnino Tejera, 27, 28025 Madrid. 2.- La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Se acuerda el cese de la Administración concursal y la aprobación de cuentas. 4.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 24 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
- Otro acto concursal16/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridAuto 29/01/2015
Doña Francisca Santos-Olmo Martínez, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario n.º 271/12, de la mercantil RAMARGO, S.L., CIF B-78512084 en el que recayó Auto de fecha 29/01/15, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Concluir el presente procedimiento concursal por finalización de las operaciones de liquidación. Aprobar la rendición de cuentas de su actuación presentada por la Administración Concursal cesada en el presente concurso. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en Madrid, 29 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal07/11/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridAuto 05/10/2012
Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en el procedimiento concursal n.º 271/12 referente al deudor Ramargo, S.L., CIF n.º B-78512084, se ha presentado el informe de la administración concursal. Dichos documentos puedes ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de abogado y procurador. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 5 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal06/08/2012⚖️ MADRIDProc. 38/2011Auto 05/07/2012
Doña M. C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario ordinario 271/12, en el que recayó auto de fecha 5 de julio de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso voluntario a Ramargo, S.L. con CIF B-78512084." "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor." "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del la Administración Concursal don Ignacio Mori Cortina, mediante comunicación por correo postal a la calle General Perón, 32 - 9.º J (28020- Madrid), o por correo electrónico a [email protected] la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado." Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 6 de julio de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.