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Concurso de acreedores

RAFAEL MUTLLO SOCIEDAD ANONIMA

CIF A43047851Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
206/10/201202/01/2015
Procedimiento
573/2012

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso02/01/2015
    ⚖️ TARRAGONAProc. 573/2012Auto 17/12/2014

    El/la Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente, Hace saber: Que en los autos de Concurso voluntario de la mercantil RAFAEL MUTLLO, S.A. (CIF A43047851), seguidos en este Juzgado con el n.º 573/2012, se ha dictado en fecha Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de RAFAEL MUTLLO, S.A., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 573/2012 a instancias de RAFAEL MUTLLO, S.A. y el archivo por insuficiencia de masa activa. Se declara la extinción de la mercantil RAFAEL MUTLLO, S.A. (CIF nº A-43047851) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor uirgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Igualmente líbrese mandamiento al Registro Público concursal. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona. Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil número 1 Tarragona. Doy fe". Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente Tarragona, 17 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso06/10/2012
    ⚖️ TARRAGONAProc. 573/2012Auto 26/09/2012

    El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 573/2012-3 se ha dictado en fecha 17-9-12 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Rafael Mutllo, S.A., con CIF A43047851 y domicilio social en Pol. Francolí, parcela 3, nave 4, de Tarragona, representada por la Procuradora María Jesús Muñoz Pérez y defendida por el Letrado Juan Pablo Vizcaíno Caballero, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de la Administración concursal e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Daniel Tomás Torné, con domicilio en c/ Cardenal Cervantes, 33, 1.ª, 43001 de Tarragona, y dirección de correo electrónico "[email protected]" la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 26 de septiembre de 2012.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.