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Concurso de acreedores
RAESMA WORK LINE SA
CIF A86152014Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 28/02/2015 → 13/12/2018
- Procedimiento
- 70/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso13/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 70/2015Auto 05/12/2018
EDICTO D. Mariano Rodríguez Trotonda Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: Que por auto de fecha 5 de diciembre de 2018 se dictó auto de conclusión del presente concurso Raesma Work Line, S.A. con CIF: A-86152014, cuyo número de procedimiento es 70/2015, en el que entre otras disposiciones se acuerda el archivo de las actuaciones. Madrid, 10 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Mariano Rodríguez Trotonda.
- Declaración de concurso28/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridProc. 70/2015Auto 12/02/2015
Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 70/2015 se ha dictado auto por el Magistrado D. Antonio Pedreira González de fecha 12 de febrero de 2015 declarando el concurso voluntario abreviado Raesma Work Line, S.A. con N.I.G.: 28079140149702015 y C.I.F.: A-86152014. 2.º Que en el mismo auto de declaración de concurso se ha procedido a realizar la apertura de la fase de liquidación formándose la sección quinta. 3.º Quedan en suspenso las facultades de administración y de disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la administradora concursal Dª María Elena Fernández Álvarez con despacho profesional y domicilio para la comunicación de créditos en la calle Velázquez, nº 94, 1º, CP: 28006 Madrid y correo electrónico [email protected] - No producirá efectos la comunicación de creditos realizada directamente al Juzgado. 5.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la última publicación. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Madrid, 12 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.