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Concurso de acreedores
RADIO SURESTE SOCIEDAD LIMITADA
CIF B46555892Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 13/04/2019 → 15/11/2022
- Procedimiento
- 22/2019
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 VALENCIA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/11/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 VALENCIA Proc. 22/2019Juez : EDURNE LEGAZ ALFONSOAuto 25/03/2022
Tener por intentado el acuerdo extrajudicial de pagos por dos faltas de aceptación de mediador concursal.
- Otro acto concursal22/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 VALENCIA Proc. 22/2019Juez : ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIAAuto 25/03/2022
Se ha dictado en fecha 21 de septiembre de 2021 auto declarando el archivo de la sección de calificación, conforme a lo establecido en el art. 450.1 del TRLC.
- Declaración de concurso13/04/2019⚖️ VALENCIAAuto 05/03/2019
Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 22 2019, habiéndose dictado en fecha 27 02 2019 por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Radio Sureste, S.L. (CIF B46555892), Radio Onteniente, S.L. (CIF B46185302) y Comarcas Interior Televisión, S.L. (CIF B96659073), decretándose la intervención de las facultades de las mercantiles habiéndose designado Administrador concursal a Mario Lahoz Marco, con domicilio profesional en calle de los Centelles número 45, 9.º de Valencia. Teléfono 618487892 y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicacion en el BOE puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 de la LC. Valencia, 5 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Domenech.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.