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Concurso de acreedores

R HERVAS SOCIEDAD ANONIMA

CIF A12078051Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
502/06/200909/12/2020
Procedimiento
000231/2009
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000231/2009Auto 24/09/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso09/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000231/2009Juez : EVA MARIA CHESA CELMAAuto 24/09/2020

    1.- SE DECLARA EL CONCURSO VOLUNTARIO ORDINARIO de persona fisica OSCAR ABADIA PRADA con DNI nº 25477404M La Administración concursal estará integrada por un único miembro, nombrándose a Dª IRENE ROMEA ANADÓN

  3. Declaración de concurso19/10/2020
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 24/09/2020

    Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 35, 553 y 554 RLC, Hago saber: Primero.- Que por auto de fecha 24 de septiembre de 2020, dictado en el procedimiento de concurso abreviado 000231/2009, NIG número 1204066220090000258, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y ordinario que se ha seguido frente al deudor R Hervas, domiciliado en Segorbe, calle Colón, número 25, y con CIFA12078051. Segundo.- Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación de inserta: "Parte dispositiva: 1.- Acordar la conclusión del concurso de la mercantil R. Hervas, S.A., así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal. 3.- En particular, acordar la extinción de la entidad R. Hervas, S.A., disponiendo de la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.- El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del articulo 35 TRLC ex. articulo 23.1 Ley concursa y se dara al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 36 TRLC artículo 482 TRLC. 5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme artículo 485 TRLC a los registros públicos que correspondan. 6.- Leévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.- Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso. Este auto es firme y contra el miso no cabe recurso alguno artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481.1 TRCL.". Castellón de la Plana, 1 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.

  4. Otro acto concursal30/06/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000231/2009Juez : CARLOS NIETO DELGADOAuto 24/09/2020

    DECLARACION Y CONCLUSION POR INSUFICIENCIA DE MASA. EXTINCION DE LA PERSONA JURIDICA

  5. Otro acto concursal02/06/2009
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANA.Auto 06/05/2009

    Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago Saber: Primero: Que por auto de fecha 6 de mayo de 2009, en el Procedimiento número 231/09, se ha declarado en concurso voluntario abreviado a las mercantiles R. Hervas, Sociedad Anónima, con CIF A-12078051 y domicilio en Segorbe, Calle Colón número 25 y Ciesher, Sociedad Limitada, con CIF B-12345872, con domicilio en la misma población y calle, aunque en el número 55 bajo. Segundo: Que dichas deudoras conservan sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero: Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 7 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.