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Concurso de acreedores
QUID CUALITATIVO SL
CIF B82172453Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 06/03/2020 → 19/04/2022
- Procedimiento
- 239/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · MERCANTIL - 7
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 239/2020Juez : ENRRIQUETA SANMARTÍN CARBÓNAuto 29/03/2022
Que en el CNA 402-2019, se acuerda, 1 Aprobar el Pl. de liquidación, 2 formar sec. VI de calificación, cualquier acreedor o interesado dentro de los 10 días desde la última publicación podrá personarse y formular alegaciones en la calificación.
- Conclusión del concurso19/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 239/2020Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 29/03/2022
INFORME PROVISIONAL DESCANZZA S.L.
- Otro acto concursal09/09/2021⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 239/2020Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENÉNDEZAuto 30/07/2021
Aprobación del plan y apertura de la sección de calificación
- Otro acto concursal19/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 239/2020Juez : JUANA GALVEZ MUÑOZAuto 12/02/2020
ADJUNTO DECRETO EN ANEXO
- Otro acto concursal06/03/2020⚖️ MADRIDProc. 239/2020Auto 12/02/2020
Edicto Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid. Hace saber: Primero.- Que en el Concurso Abreviado 239/2020, por auto de fecha 12 de febrero de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Quid Cualitativo, S.L., con número de identificación B82172453, y domiciliado en Madrid. Segundo.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Tercero.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. Cuarto.- La identidad de la Administración concursal es Insolvency And Legal, S.L.P., con domicilio postal en Paseo de la Castellana, 122, 1.° derecha, 28046 - Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, en cualquiera de las dos direcciones. Quinto.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Sexto.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursa) donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. Madrid, 12 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Doña Verónica Calvo Moreno.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.